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Overbooking

El overbooking consiste en la denegación del embarque por parte de la compañía aérea a pasajeros que tienen un billete válido y se han preentado a la hora prevista para embarcar. Esto se produce porque la compañía ha vendido más billetes que plazas disponibles en el avión.

Ámbito de aplicación:

Según el reglamento aprobado por la Unión Europea referente a los derechos de los pasajeros aéreos afectados por overbooking, cancelaciones injustificadas o grandes retrasos de vuelos regulares o charter que tengan origen en un aeropuerto de la Unión Europea o que tengan destino en un aeropuerto de la misma Unión Europea y sean de una compañía comunitaria.

Excepciones:

Este reglamento no se aplicará a pasajeros que viajen gratuitamente o a precio reducido por ofertas que no estén directa o indirectamente disponibles al público. No obstante, sí se aplicará a los pasajeros que tengan billetes expedidos dentro de programas comerciales de un transportista aéreo o de un operador turístico.

¿Cuál es el procedimiento a seguir en caso de overbooking?

En primer lugar, la compañía aérea solicitará voluntarios para que no cojan el vuelo afectado ofreciéndoles unas indemnizaciones superiores a las fijadas por la normativa. En caso de que no se presente ningún voluntario, la compañía podrá denegar el embarque unilateralmente a cualquier pasajero.

¿Cuáles son los derechos de los pasajeros afectados por overbooking?

Los pasajeros que se vean afectados por la imposibilidad de coger el vuelo tendrán los siguientes derechos:

a) Derecho a la compensación económica automática: esta compensación podrá reducirse a un 50% en caso de que se facilite un transporte alternativo al pasajero, siempre y cuando éste llegue al lugar de destino con una diferecia horaria inferior o igual a dos horas para los vuelos de menos de 1500 km. Para los vuelos intracomunitarios de entre 1500 km y 3500 km la diferencia deberá ser de tres horas. Finalmente, para los vuelos de más de 3500km la diferencia horaria deberá ser de cuatro horas.

b) Derecho de devolución del precio del billete o a un transporte alternativo: a parte de la compensación económica, los afectados por overbooking deberán escoger una de las siguientes opciones:

Devolución en un plazo de siete días del precio del billete en la parte del servicio que no se ha prestado o en la parte del servicio prestado cuando el viaje ya no tenga razón de ser, así como el retorno al punto de partida lo más rápido posible.

• Esperar a que la compañía le facilite un transporte alternativo los más rápido posible que lo conduzca a su destino.

Cambiar el billete por una fecha posterior que convenga al pasajero.

c) Derecho de asistencia: el afectado por overbooking tendrá derecho a que la compañía aérea le proporcione comida y bebida suficiente durante el tiempo de espera, así como alojamiento si es necesario pasar la noche en el aeropuerto, incluido el transporte al hotel. Los pasajeros también gozarán del derecho de realizar dos llamadas telefónicas gratuitas a cualquier destino.

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